
Salud
Las 11 enfermedades nuevas que dan derecho a la jubilación anticipada a los 52 años
Si padeces una de estas patologías podrías retirarte antes de lo previsto, descúbrelo

A medida que envejecemos, nuestro cuerpo experimenta cambios inevitables que pueden afectar nuestra calidad de vida. Las exigencias del día a día, el estrés laboral y la acumulación de esfuerzos físicos a lo largo de los años pueden generar un desgaste significativo. No es casualidad que muchas personas, tras décadas en el mundo laboral, sufran enfermedades que les impiden mantener el mismo ritmo de trabajo.
Además, las condiciones laborales han evolucionado, pero muchas profesiones siguen demandando un gran esfuerzo físico y mental. Con el aumento de enfermedades crónicas y discapacidades, es crucial que la legislación contemple medidas que protejan a quienes ya no pueden desempeñar sus funciones con normalidad. En este contexto, la propuesta de ampliar la lista de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada es una luz de esperanza para muchos trabajadores.
Requisitos actuales para la jubilación anticipada por discapacidad
Actualmente, la jubilación anticipada por discapacidad está regulada por el Real Decreto 370/2023, que establece que los trabajadores por cuenta propia o ajena pueden retirarse antes de la edad ordinaria si cumplen con las siguientes condiciones:
- Haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 5 deben haber sido con una discapacidad igual o superior al 45%.
- Acreditar el grado de discapacidad mediante informes médicos y certificados oficiales.
Sin embargo, esta normativa podría ampliarse para incluir enfermedades como el Parkinson o la Fibromialgia, lo que representaría un avance significativo en la protección de los derechos laborales y sanitarios de miles de trabajadores.

Las 11 nuevas enfermedades que dan derecho a una jubilación anticipada
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha identificado 11 patologías que podrían ser añadidas al listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada:
- Artritis reumatoide
- Encefalomielitis miálgica
- Amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv)
- Enfermedad de Huntington
- Parkinson
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
- Espina bífida
- Fibromialgia
- Inmunodeficiencias primarias
- Lupus eritematoso sistémico
- Esclerosis Sistémica
Estas patologías pueden limitar seriamente la capacidad de una persona para desempeñar su trabajo, por lo que su reconocimiento en la normativa de la Seguridad Social supondría un gran alivio para quienes las padecen.
¿Qué edad de jubilación correspondería según el grado de discapacidad?
Dependiendo del grado de discapacidad reconocido, los trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada en distintas edades. Actualmente, la normativa establece:
Grado de discapacidad: Igual o superior al 65% | Edad de jubilación anticipada: 52 años |
Grado de discapacidad: Igual o superior al 45% | Edad de jubilación anticipada: 56 años |
La diferencia entre ambos niveles se debe a que, en el caso de discapacidades iguales o superiores al 65%, se aplican coeficientes reductores más favorables sin afectar la cuantía final de la pensión.
¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?
Para solicitar la jubilación anticipada por discapacidad, es fundamental seguir estos pasos:
- Obtener el reconocimiento oficial del grado de discapacidad, con documentación médica y certificaciones oficiales.
- Demostrar que la discapacidad se ha mantenido durante al menos cinco años cotizados.
- Presentar la solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), incluyendo: Informe médico detallado, historial laboral y certificado de discapacidad
Beneficios de la jubilación anticipada por discapacidad
Uno de los aspectos más destacados de la jubilación anticipada por discapacidad es que no se aplican coeficientes reductores en la pensión, lo que significa que los beneficiarios recibirán una cuantía justa en función de sus años cotizados y su base reguladora.
En casos donde la enfermedad derive de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la pensión podría incrementarse entre un 30% y un 50% adicional.
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